Si bien este Proyecto de Orden se encuentra sometido a trámite de información pública hasta el próximo 25 de septiembre, en caso de ser aprobado, las modificaciones introducidas por el mismo comenzarán a ser de aplicación en las autoliquidaciones del Impuesto correspondientes a los periodos que se inicien a partir del 1 de enero de 2021.
Entre las modificaciones propuestas, se podrían destacar, en primer lugar, el cambio de diseño y redacción del apartado “Identificación”, tanto del Modelo 303 como del Modelo 322, pasando así a configurarse como una serie de afirmaciones cuya cumplimentación se basa en una única casilla de carácter excluyente.
Además, se propone incluir una nueva casilla en el Modelo 303, para identificar a aquellos sujetos pasivos que se hayan acogido de forma voluntaria a la llevanza de los Libros Registro a través del Suministro de Información Inmediata (SII). Igualmente, se propone, para el Modelo 353, la inclusión de un nuevo apartado para identificar a aquellos sujetos pasivos que sea de aplicación la normativa foral.
En segundo lugar, el Departamento de Gestión Tributaria, propone modificar el apartado “Resultado” del Modelo 303 y el apartado “Liquidación” del Modelo 353, para incluir un desglose detallado de los saldos de las cuotas a compensar, aplicados en la autoliquidación, y aquellos saldos que se encuentran pendientes de compensar para los periodos posteriores.
Finalmente, se propone un cambio en la redacción de la Casilla 93 “Entregas intracomunitarias exentas” de los Modelos 303 y 322, por la redacción “Entregas intracomunitarias de bienes y servicios”, para que su redacción esté alineada con las Casillas 59 y 71, respectivamente.
Con todo ello, el Departamento de Gestión Tributaria pretende renovar y facilitar la cumplimentación de estos modelos, así como ampliar la información disponible de los obligados tributarios con el fin de contribuir a una mejor lucha contra el fraude fiscal.
Desde Salinas & Partners recomendamos a los operadores tener en cuenta este Proyecto de Orden con el fin de adaptar sus sistemas informáticos e identificar la información fiscal y contable necesaria para la cumplimentación de los Modelos 303, 322 y 353.
Con más de 30 años de experiencia en el sector de tributación indirecta, desde Salinas & Partners estamos a su disposición para cualquier duda o comentario que les pueda surgir.