El pasado 17 de enero se publicó en el BOE la Resolución de 11 de enero de 2019, de la Dirección General de la AEAT, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2019.
A continuación, identificamos los perfiles de riesgo y listamos las áreas que serán objeto de comprobación durante este ejercicio, en materia aduanera y de tributación indirecta:
Aduanas
- Se potenciará la utilización de las pre-declaraciones aduaneras en el marco de la Ventanilla Única Aduanera.
- Se intensificará la divulgación de actuaciones con ocasión a la posibilidad de no alcanzar un acuerdo Reino Unido – UE en el marco del BREXIT.
- Las aduanas de control continuarán re-evaluando las autorizaciones aduaneras (incluido el Operador Económico Autorizado) hasta el 1 de mayo de 2019.
- Tendrán prioridad las solicitudes de autorización de declaración simplificada prevista para aquellos casos en los que se declaren valores en aduana provisionales a la espera de un valor definitivo conforme a las políticas de precios de transferencia.
- Mayores controles físicos y documentales respecto de la importación y exportación de mercancías sujetas a regulaciones no arancelarias, en particular, las relacionadas con alimentos, medicamentos, material radioactivo, materia de defensa y doble uso, fauna y flora en peligro de extinción y residuos peligrosos.
- Control a la información contenida en las declaraciones aduaneras, en particular, en lo que se refiere a valor en aduana.
- Los orígenes que estarán bajo vigilancia y control serán los de países asiáticos y los declarados de Estados Unidos (en particular, textiles, consumo y aquellos por los que la UE adoptó medidas extraordinarias).
- Control a las pruebas de origen sobre las que se justifique la aplicación de preferencias arancelarias o la reducción/exención de derechos antidumping.
- Se intensificarán los controles a los movimientos de efectivo por viajeros para detectar cantidades no declaradas o superiores a las autorizadas.
- Controles sobre la gestión de los depósitos aduaneros, almacenes de depósito temporal, expedidores y destinatarios autorizados y, sobre las mercancías vinculadas a los mismos.
- Se controlarán las actividades realizadas por titulares de regímenes especiales, así como de aquellos titulares con garantías globales y dispensa de garantía.
- Se intensificará el control sobre la gestión del régimen de Perfeccionamiento Pasivo.
IVA
- Se implementarán controles de evaluación continua sobre los datos de sujetos pasivos, con el fin de detectar omisiones en registros y en presentación de declaraciones.
- Se verificarán los datos contenidos en el censo de operadores intracomunitarios (ROI) y se realizarán visitas preventivas a empresas de logística en el marco de las actuaciones de control intracomunitario vinculadas a la existencia de tramas de IVA (fraude carrusel), en particular, las detectadas en el sector de vehículos.
- Se someterán a control las operaciones intracomunitarias vinculadas a las primeras entregas posteriores a las importaciones de material y componentes eléctricos (no amparados por la inversión del sujeto pasivo).
- Continuarán los controles en el reembolso del IVA soportado en las adquisiciones de bienes efectuadas por los viajeros no residentes en el territorio de aplicación del impuesto.
- Utilización de la información suministrada a través del SII para detectar desviaciones en la determinación y liquidación del impuesto.
- Controles sobre la gestión de los depósitos distintos de los aduaneros y sobre las mercancías vinculadas a los mismos.
Impuestos Especiales y Medioambientales
- Actuaciones de comprobación a productos en régimen suspensivo, con tipo reducido y exento.
- Control a la circulación de bienes objeto de los Impuestos Especiales y, a la documentación de acompañamiento que justifique dicho movimiento.
- Se vigilará el cumplimiento de los depósitos fiscales, de las actividades realizadas en los mismos, así como de las mercancías vinculadas a estos.
- Se monitorizarán las ultimaciones de régimen suspensivo mediante operaciones de exportación.
- Habrá una depuración en los censos de los Impuestos Especiales; CAE, CIE, CAC, CAF y un control especial a los titulares beneficiados con exenciones, tipos reducidos y devoluciones.
- Verificación del IVPEE en cuanto a la presentación y comprobación de las autoliquidaciones del impuesto, tanto las relativas a los pagos fraccionados como a las de periodicidad anual.
Otras consideraciones importantes en materia de tributación indirecta:
- El 20 de mayo de 2019 entrarán en vigor las normas sobre trazabilidad de los productos del tabaco previstas en la Directiva 2014/40/UE.
- Para octubre de 2019 finalizarán los trabajos y el diseño del Asistente Virtual del IVA “AVIVA”.
¿Cómo podemos ayudarle?
Recomendamos llevar a cabo medidas preventivas de control que anticipen, disminuyan o mitiguen riesgos que formarán parte del alcance de revisión de las actuaciones de comprobación de la Agencia Tributaria. Con más de 30 años de experiencia en la tributación indirecta y en actuaciones de inspección, estamos a su disposición para cualquier duda o comentario que pueda surgirle, previo, durante y después de un procedimiento de comprobación y/o verificación.