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Libre Comercio UE- Singapur

Gonzalo Lorenzo
martes, 12 noviembre 2019 / Publicado en Aduanas, Comercio Exterior

Libre Comercio UE- Singapur

En medio de un contexto coyuntural proteccionista, la Unión Europea -UE- vuelve a apostar por la apertura comercial y la integración regional de los mercados ratificando al completo, el Acuerdo de Libre Comercio suscrito entre la UE y Singapur.

El Acuerdo entrará en vigor este próximo jueves, 21 de noviembre, y se suma a la lista de los acuerdos comerciales de “nueva generación” diseñados y firmados recientemente por la UE, en los que, además de la automática eliminación de derechos arancelarios a la importación y la facilitación en las inversiones, incluye importantes avances en protección de la propiedad intelectual, desarrollo sostenible y contratación pública.

Beneficios en la cadena de valor internacional

Teniendo en cuenta la realidad económica y el valor añadido aportado por las integraciones regionales, una de las principales novedades de este Acuerdo es que algunos de los bienes producidos “regionalmente” entre los países de la ASEAN (Indonesia, Filipinas, Malasia, Tailandia, Vietnam, Brunei, Camboya, Laos y Myanmar) podrán calificar como originarios de Singapur, en el marco de la permitida acumulación regional del Acuerdo, pudiendo gozar de preferencias arancelarias a la importación en la UE.

Eliminación de derechos arancelarios

Los bienes originarios de la UE, gozarán de una exención completa e inmediata de derechos arancelarios a la importación en Singapur, beneficiando a importadores, fabricantes y distribuidores locales, así como a las más de 10.000 empresas europeas establecidas en ese territorio.

En cuanto a los bienes originarios de Singapur, su importación en la UE estará exenta de derechos arancelarios desde la entrada en vigor, salvo para los siguientes:

  1. i) Textiles y alfombras – se eliminarán los derechos arancelarios en su totalidad, en un plazo de tres años
  2. ii) Bicicletas, frutas, cereales y calzado de deporte – se eliminarán los derechos arancelarios en su totalidad, en un plazo de cinco años

Prueba de origen

La prueba de origen que justifica el trato preferencial en el intercambio de bienes entre la UE y Singapur será la declaración de origen a través de un exportador autorizado. El exportador autorizado simplifica los trámites de exportación al permitirle al exportador certificar el origen preferencial de los bienes por medio de  una declaración específica en la factura o en otro documento comercial que identifique los productos exportados.

Reconocimiento mutuo OEA

La celebración de este Acuerdo es el precedente de una inminente acción de reconocimiento mutuo para los operadores de ambos territorios certificados como Operador Económico Autorizado -OEA-. Aunque este no es un Acuerdo de Simplificación Aduanera per se, configura los elementos de confianza necesarios para que las partes reconozcan, próximamente, la figura del OEA y otorguen, mutuamente, los beneficios que conlleva esta certificación.

¿Cómo podemos ayudarle?

Desde Salinas & Partners, con más de 30 años de experiencia en operaciones de comercio internacional, podemos ayudarle en el diseño de la cadena de valor internacional, en el tratamiento fiscal preferencial otorgado por este Acuerdo de Libre Comercio, así como en la gestión y vigilancia del cumplimiento de las condiciones subyacentes en el otorgamiento de los beneficios expuestos por el Acuerdo.

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