El Reglamento (UE) 2020/402 de 14 de marzo de 2020, supedita la exportación de los bienes listados el Anexo I de este reglamento (gafas protectoras, mascarillas, batas, trajes y guantes), a la presentación de una licencia de exportación que será emitida por las autoridades de cada Estado miembro (en un plazo de 5 días laborables -prorrogables-), en función de las provisiones de suministro y consumo domésticas y comunitarias.
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32020R0402&from=ES
La solicitud de autorización para la exportación de los bienes sanitarios afectados por esta medida puede realizarse a través de medios telemáticos.
Desde Salinas & Partners, alertamos a los operadores exportadores habituales de estos productos sanitarios que, sin la licencia de exportación que autorice expresamente la salida de estos bienes del territorio aduanero de la UE con destino a un tercer país, la expedición estará prohibida, de momento, hasta el próximo 26 de abril.