El próximo 14 de octubre de 2025, está prevista la desaparición definitiva del Documento Único Administrativo (DUA) PreCau para importación. Las nuevas declaraciones de importación deberán presentarse conforme al Anexo B de los Reglamentos Delegado (UE) 2015/2446 (RDCAU) y de Ejecución (UE) 2015/2447 (RECAU) (usando los códigos, a modo de ejemplo, H1 para libre práctica, H7 para envíos de bajo valor, I1 para declaraciones simplificadas, etc.) en línea con la adaptación al Código Aduanero de la Unión (CAU) y los estándares europeos de digitalización de procedimientos aduaneros.
La sustitución del sistema actual responde a la estrategia de modernización y homogeneización de los procedimientos aduaneros en la Unión Europea, marcado por el Programa de Trabajo del CAU, cuyo objetivo es fijar un conjunto único y común de requisitos de datos y de formatos/códigos para todas las declaraciones aduaneras para que todos los Estados miembros declaren lo mismo y de la misma manera, facilitando la automatización de controles, la interoperabilidad entre sistemas nacionales y de la Unión Europea y una mejor gestión del riesgo, en un contexto de digitalización y crecimiento del comercio electrónico.
Este cambio supone un hito en la gestión de importaciones, con un impacto directo en empresas importadoras, representantes aduaneros y operadores logísticos.
Principales cambios introducidos
- Nueva estructura de la declaración: La importación se presenta con columnas H/I que determinan, para cada régimen, qué elementos de datos son obligatorios u opcionales. La AEAT ha proporcionado una serie de tablas y guías por columna, que deben usarse para mapear los requisitos de cada flujo.
- Separación de roles y aparición de la figura de “Importador”: La declaración distingue expresamente Importador, Declarante, Representante y Destinatario. El Importador tiene ahora un campo propio (con EORI u otra identificación reconocida) y reglas de cumplimentación, lo que refuerza la trazabilidad de la transacción.
- Mayor granularidad y controles: Se incrementa el detalle exigido en valoración (método y ajustes), origen, documentos previos, códigos de procedimiento y adicionales, conforme a las matrices del Anexo B y a las validaciones EUCDM/AEAT.
- Alineación con otros sistemas aduaneros de la UE: La estructura está pensada para integrarse con AES (exportación), NCTS (tránsito), ICS2 (control de seguridad en entrada) y PoUS (estatuto aduanero), favoreciendo un circuito aduanero más digital y coherente.
Plazos clave
- España: el 13 de octubre de 2025 es el último día que se podrá presentar el antiguo DUA en operaciones de importación. A partir de ahí, se deberá usar la nueva estructura del Anexo B.
- Resto de Estamos miembro: La obligación de usar el Anexo B es común en la Unión Europea, pero cada Estado miembro tiene la libertad de definir sus propias fechas dentro del marco del Programa de Trabajo del CAU.
Acciones recomendadas para los operadores
- Matriz de datos por régimen: Para cada flujo (libre práctica, depósito, temporal, perfeccionamiento, bajo valor, simplificadas), identificar la columna H/I aplicable y los documentos/códigos exigidos (procedimiento y adicionales).
- Adecuación tecnológica: Alinear ERP/TMS y conectividad con el EUCDM y las validaciones de la AEAT; realizar pruebas con su representante antes del corte.
- Roles y poderes: Determinar quién debe figurar como Importador y revisar mandatos de representación (directa/indirecta). Verificar EORI/identificaciones y coherencia con datos identificativos (razón social, domicilio.
¿Cómo podemos ayudarle?
Nuestro equipo de especialistas en aduanas y comercio internacional puede acompañarle en la revisión de sus procesos de importación y adaptación al nuevo sistema, a construir su matriz de columnas H/I por flujo, con plantillas y checklists y en la coordinación con agentes de aduanas y proveedores tecnológicos.
Salinas & Partners, con más de 30 años de experiencia en comercio exterior y tributación indirecta estamos a su disposición para cualquier duda o comentario que pueda surgirle.



