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agosto 17, 2026

Entra en vigor el Acuerdo Comercial UE – Mercosur

Gonzalo Lorenzo
jueves, 16 abril 2026 / Published in Aduanas, Comercio Exterior

Entra en vigor el Acuerdo Comercial UE – Mercosur

Este 1 de mayo de 2026 entrará en vigor, de forma provisional, el Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y el Mercosur (Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay), firmado el pasado 17 de enero, cuyo principal objetivo es la creación de una zona de libre comercio entre ambos bloques mediante la eliminación progresiva de aranceles, facilitando el comercio y la inversión entre las regiones.

El acuerdo eliminará los derechos de importación sobre más del 91 % de los productos para ambos bloques. Esta eliminación se realizará de forma escalonada en el tiempo, conforme al calendario de desgravación previsto por el Acuerdo.

Entre los bienes y sectores que podrán beneficiarse de este Acuerdo, se encuentran los siguientes:

Exportaciones de productos originarios de la UE

  • Vehículos de motor
  • Maquinaria industrial
  • Productos Químicos
  • Productos Agroalimentarios
  • Productos textiles

Exportaciones de productos originarios de Mercosur

  • Materias primas
  • Productos Agroalimentarios
  • Productos cárnicos

Para poder beneficiarse del Acuerdo Comercial y del trato preferencial subyacente al mismo, los operadores que intercambien bienes, deberán cumplir, entre otras condiciones, con la cláusula de Transporte Directo (expedición directa entre exportador e importador o bajo vigilancia aduanera) así como con las Reglas de Origen previstas en el Acuerdo para los bienes objeto de comarcalización.

 

El origen preferencial de los bienes objeto de intercambio podrá justificarse por medio de la autocertificación o de una declaración de origen. Durante este período transitorio, la prueba de origen plenamente reconocida por todas las partes (justificativa del origen preferencial de los bienes comercializados con un valor superior a 6.000 Euros), consistirá en una declaración de origen, extendida en factura y, emitida por un exportador registrado REX (debidamente autorizado por la autoridad aduanera del país exportador).

 

¿Cómo podemos ayudarle?

Recomendamos a los operadores que realicen transacciones comerciales internacionales con los países del Mercosur analizar, entre otras disposiciones, las Reglas de Origen aplicables a los productos objeto de intercambio, y solicitar, en su caso, la preceptiva autorización de exportador registrado REX que les permita acceder a los beneficios previstos en este importante acuerdo comercial.

Salinas & Partners, con más de 30 años de experiencia en el comercio internacional y en aduanas, estamos a su disposición para cualquier duda o comentario que pueda surgirle.

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